Republica Dominicana
la efectividad de las regulaciones implementadas sobre el uso de fuegos artificiales en la República Dominicana, destacando cómo estas medidas han contribuido a reducir las estadísticas de lesionados. El texto aborda los antecedentes de la regulación, resaltando los registros funestos por explosiones de fuegos artificiales en años anteriores, lo que llevó a la implementación de la Ley 340-09 para el Control y la Regulación de los Productos Pirotécnicos.
La Ley 340-09 establece una serie de prohibiciones y regulaciones estrictas sobre la producción, fabricación, importación, comercialización, transporte, venta, manipulación y uso de artículos pirotécnicos en el país. Solo se permiten las mechas de uso deportivo y los artículos pirotécnicos que producen luces de colores o efectos sonoros en el aire, con la debida autorización de la Secretaría de Estado de Interior y Policía.
El artículo detalla las sanciones para aquellos que violen la ley, incluyendo multas significativas y penas de prisión. Además, se prohíbe el uso de fuegos artificiales en lugares techados y recintos deportivos ocupados por personas.
El texto concluye destacando que a pesar de estas regulaciones, incidentes como la explosión en el carnaval de Salcedo siguen ocurriendo, lo que destaca la importancia de hacer cumplir rigurosamente las leyes existentes y aumentar la conciencia pública sobre los peligros asociados con los fuegos artificiales.