Santo Domingo, RD/La Ley 63-17 de Movilidad y Transporte.

Los conductores en República Dominicana deben estar conscientes de las regulaciones que prohíben el estacionamiento en ciertos lugares de la vía pública. La Ley 63-17 de Movilidad y Transporte del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) establece estas prohibiciones para garantizar el libre tránsito y la seguridad vial.

Según el artículo 237 de la ley, se prohíbe el estacionamiento en al menos veintitrés espacios públicos. Estas prohibiciones se aplican tanto a los conductores de transporte público como privado. El objetivo principal es evitar obstrucciones que dificulten el paso de vehículos y peatones.

En caso de violar estas restricciones, los infractores pueden recibir una multa de uno a tres salarios mínimos, de acuerdo con el sector público, y se les puede reducir puntos en su licencia de conducir. Sin embargo, la ley establece una excepción: se permite el estacionamiento por el tiempo mínimo necesario para dejar o recoger a un pasajero, a menos que exista una señal que lo prohíba expresamente.

Algunos de los lugares donde está prohibido estacionar, según el Intrant, incluyen las aceras, los cruces de calles o carreteras, y dentro de una distancia de cinco metros de una boca de incendio o hidrante. También se prohíbe el estacionamiento en pasos peatonales, a menos de cinco metros de una esquina, dentro de diez metros antes o después de un semáforo, y dentro de veinte metros del riel o cruce ferroviario más cercano.

Además, está prohibido estacionarse en el lado paralelo a una excavación o construcción que pueda afectar el libre tránsito, en doble fila respecto a otro vehículo estacionado en la vía, en túneles, puentes, pasos a desnivel, cuestas, curvas y en sitios específicamente prohibidos por señalización.

Otras áreas donde se prohíbe el estacionamiento incluyen frente a agencias de las Fuerzas Armadas y de rápida acción, como cuarteles de bomberos y la Policía Nacional, así como accesos a templos religiosos, escuelas, cines, teatros, hospitales, instituciones bancarias y lugares donde se realizan actos públicos. También se prohíbe estacionarse donde se oculte una señal de tránsito, en isletas que separan la circulación del tránsito y en áreas verdes contiguas a las aceras.

Es importante que los conductores estén familiarizados con estas restricciones y las respeten para evitar sanciones y contribuir a un flujo de tránsito seguro y ordenado en las calles de República Dominicana.

Por redaccion

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