Santo Domingo RD/JCE Propósito y Principio PED.

La Junta Central Electoral (JCE) ha declarado que los principios y propósitos del Partido Esperanza Democrática (PED), liderado por Ramfis Domínguez Trujillo, nieto del expresidente Rafael Leónidas Trujillo, no están en conflicto con la Constitución y las leyes de la República Dominicana. En una resolución emitida por el Pleno de la JCE, se afirma que los documentos presentados por el partido cumplen con los requisitos exigidos.

El reconocimiento legal al PED fue otorgado por la JCE el 9 de junio, mediante la resolución 24-2023, aprobada de manera unánime, en respuesta a la solicitud presentada el 12 de octubre de 2021.

La JCE formó una comisión encabezada por Samir Chamir Isa, miembro titular, para llevar a cabo un análisis exhaustivo del expediente del PED. En la resolución, la JCE afirma: «La Junta Central Electoral ha comprobado, luego de un análisis integral del expediente relativo a la organización política en formación Partido Esperanza Democrática (PED), que los principios y propósitos que sustentarán a dicha organización política no entran en conflicto con la Constitución y las leyes y que los documentos presentados en la solicitud se ajustan en su esencia y forma a las prescripciones legales».

Los requisitos evaluados incluyen la verificación de las directivas, la inspección de los locales y la confirmación del porcentaje de ciudadanos requerido por la ley 33-18. Según la ley, los solicitantes del reconocimiento de un partido deben presentar una declaración de los organizadores que indique que cuentan con organismos de dirección operando y funcionando en cada uno de los municipios. El PED cumplió con este requisito al convocar a 80 directivas, con un 85% de confirmación de quórum, con 72 horas de antelación.

En cuanto a la inspección del local, la ley 33-18 exige que los partidos tengan su sede abierta y en funcionamiento en el Distrito Nacional o en la provincia Santo Domingo, en una zona urbana con infraestructuras físicas adecuadas. La JCE determinó que el PED cumple con este requisito, ya que cuenta con un local en el Distrito Nacional que puede acomodar a 200 personas.

Además, la ley 33-18 establece que los partidos deben presentar una declaración jurada de los organizadores que indique que tienen ciudadanos que respaldan el partido con sus firmas, en una cantidad no menor al 2% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones.

La JCE evaluó una muestra del 51% de los organismos de dirección y más del 50% de los firmantes, y determinó que el PED cumplió con este requisito al obtener el respaldo del 50.80% de los ciudadanos evaluados.

La JCE ha otorgado un plazo de 45 días al PED para que celebre una asamblea de formalización de la conformación de sus autoridades. En caso de no cumplir con esta disposición, se anulará el reconocimiento otorgado.

Es importante mencionar que el reconocimiento otorgado al PED ha generado controversia debido a que está liderado por el nieto de Rafael Leónidas Trujillo, quien gobern

Por redaccion

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